Foros OPOSITAS

Duda tema 25 gestión

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #327924
    Zaira
    Participante

    Hola buenos días.
    Tengo una duda en lo siguiente:
    Si la medida de aseguramiento de prueba se hubiera adoptado sin audiencia previa quien fuera a ser demandado o ya lo hubiera sido o quien hubiera de soportarla podrá formular oposición en el plazo de 20 días desde la notificación de la provincia que lo acordó. Del escrito de oposición se da traslado al solicitante al demandado y al que hubiera de soportar la medida.
    Entiendo con esto que a veces la persona demandada no es la misma que ha de soportar la medida. Es siempre asi? Puede coincidir? Podrías ponerme un ejemplo para verlo con más claridad?

    Muchísimas gracias por las respuestas y ayudarnos en la mejor comprensión de los temas.

    #327925
    Ana-Maria
    Participante

    Buenas tardes, Zaira.

    Con el [b]art. 298[/b], se pueden dar muchos supuestos: solicitarlo antes, o de iniciado o no, con caución o sin ella, con audiencia, sin audiencia, etc. Independientemente de todo ello, se me ocurre este ejemplo:

    Imagina que Eva y José, compraron un número para un sorteo juntos, y este número fue el ganador del premio de un coche.
    Eva recoge el premio y lo pone a su nombre, sin decirle, ni compartirlo con José. El coche está siendo usado por Pedro, amigo de Eva, para hacer taxi.

    Pues antes de iniciar una acción para demostrar y reclamar sobre la titularidad del coche producto del sorteo que compraron juntos, José decide interponer una [b]solicitud de aseguramiento de prueba[/b] ante el Tribunal, en la que solicita que se verifique la existencia y el estado del coche.

    El Tribunal acuerda adoptar las medidas de aseguramiento previa audiencia de Pedro quien es, en este caso, el que debe soportarla.

    Creo que este ejemplo podría ser interesante para entender mejor todo este artículo e ir imaginando y cambiando los datos para situarse en los distintos supuestos que podrían darse en cuanto a: las formas de inicio, la medida/s a adoptarse, la intervención de Eva para oposición, la de Pedro para la práctica de la medida, si podría ser con audiencia o sin ella, etc.
    Y si quieres compartirlo con nosotros mejor!!! 😉

    Buena tarde! y mucho ánimo!!!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS