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Duda Tema 24 archivos Judiciales

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

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  • #323999
    camaji
    Participante

    Buenas tardes.

    Respecto a las Juntas de Expurgo me ha surgido la siguiente duda:

    Durante el plazo que medie entre la convocatoria y la celebración de la sesión, la administración competente en materia de patrimonio histórico elaborará un informe que es vinculante. Si la administración no lo emite, se estará a lo dispuesto en el art. 83 de la Ley 30/92.
    ¿Significa que si la administración no ha emitido el informe se suspenderá la convocatoria de la Junta de Expurgo, porque el informe se entiende que es preceptivo?
    ¿Podría alguien confirmarme si estoy en lo cierto, o en caso contrario aclararme la cuestión?

    Gracias.

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