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Duda tema 23

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #327769
    Zaira
    Participante

    Hola. Tengo una duda con respecto a la página 20 del tema 23.
    Cuando dentro de la jurisdicción social dice: ” sin necesidad de constituirse en el domicilio del interesado, se podrá entregar copia de la resolución o cédula a cualquiera de las personas mencionadas ( pariente, familiar, empleado, conserje)” dónde se le entrega si no es en el domicilio? . En la página 20 dice que las citaciones, notificaciones, emplazamientos y requerimientos se harán en el local de la oficina judicial. Esto significa que sin necesidad de constituirse en el domicilio del interesado el conserje puede dirigirse a la oficina judicial a efectos de un acto de comunicación?

    Muchas gracias de antemano

    #327770
    Anónimo
    Invitado

    Buenos días Zaira:

    Estamos “trabajando” sobre materias laborales en el que el Legislador prevé esa posibilidad. Piensa, por ejemplo, que esas personas se personan en la Oficina Judicial en cuyo caso se le puede entregar el acto de comunicación sin necesidad de acudir al domicilio.

    Piensa, también a modo de ejemplo que el Funcionario de Auxilio va al domicilio para hacerlo en forma personal y en el “camino” encuentra a alguna de dichas personas; tampoco habrá de llegar al domicilio

    Detalles de la Ley que hemos de dominar para poder abordar los exámenes teóricos y prácticos

    Saludos de Baldo Gallego

    #327771
    Anónimo
    Invitado

    Buenos días Zaira:

    Estamos “trabajando” sobre materias laborales en el que el Legislador prevé esa posibilidad. Piensa, por ejemplo, que esas personas se personan en la Oficina Judicial en cuyo caso se le puede entregar el acto de comunicación sin necesidad de acudir al domicilio.

    Piensa, también a modo de ejemplo que el Funcionario de Auxilio va al domicilio para hacerlo en forma personal y en el “camino” encuentra a alguna de dichas personas; tampoco habrá de llegar al domicilio

    Detalles de la Ley que hemos de dominar para poder abordar los exámenes teóricos y prácticos

    Saludos de Baldo Gallego

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