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Duda tema 17 tasación de bienes

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Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • Autor
    Entradas
  • #328738
    coriana
    Participante

    Buenos días

    Referente al punto 2 del [b]art. 666[/b] de la LEC “Valoración de inmuebles para la subasta” dice:
    [b]2.[/b] Si el valor de las cargas o gravámenes iguala o excede del determinado para el bien, el tribunal alzará el embargo.

    [u]Pondré un ejemplo para ver si lo he entendido:[/u]
    Se procede a tasar una vivienda para su embargo, y el tasador le da un valor en 60.000 euros, pero resulta que sobre esa vivienda pesa una carga (una hipoteca por ejemplo) de 80.000 euros, al Tribunal no le serviría el embargo de esa vivienda porque en realidad se debe más sobre ella que lo que realmente vale, con lo cual, alza el embargo, es decir, no la embarga porque no le sale rentable. ¿es correcto?

    Gracias

    #328739
    barbarulla
    Participante

    Hola, estás en lo cierto, es exactamente el ejemplo que has descrito. Pero ten mucho cuidado por que el LAJ no alza el embargo ante esta situación si no que suspende la ejecución respecto de ese bien. Te lo digo porque justo el otro día hice un test donde pretendían liar precisamente en este sentido con las respuestas.

    Saludos.

    #328740
    coriana
    Participante

    ok barbarulla, lo tendré en cuenta ¿a qué ley te refieres con LAJ?

    #328741
    Ana-Maria
    Participante

    coriana, barbarulla se refiere al Letrado de la Administración de Justicia.
    Saludos

    #328742
    coriana
    Participante

    Ahhh, ok,ok…. creí que hacía referencia a alguna ley.

    Gracias!

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