Foros OPOSITAS

Duda tema 17 Auxilio

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

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  • Autor
    Entradas
  • #328692
    coriana
    Participante

    [u]En la página 11 al final en letra roja indica lo siguiente:
    [/u]
    “El [color=red]plazo de espera legal[/color] al que se refiere el artículo anterior no será de aplicación en la ejecución de resoluciones de condena de desahucio por falta de pago de rentas o cantidades debidas, o por expiración legal o contractual del plazo, que se regirá por lo previsto en tales casos.”

    ¿Se refiere a los[color=red] 20 días[/color] en los que NO se despachará ejecución de resoluciones procesales, arbitrales y acuerdos de mediación en esos 20 días posteriores a que la resolución sea FIRME o haya sido notificada al ejecutado?

    Gracias

    #328693
    Anónimo
    Invitado

    Buenos días Coriana

    Efectivamente se refiere a ese plazo de “cortesía” que permite la LECivil y que en los desahucios no es necesario esperar

    Gracias por tu participación en los foros de Opositas
    [instagram]academia_opositas[/instagram]

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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