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Foros OPOSITAS

Duda tema 16 (gestión)

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #329896
    IRENE.
    Participante

    Buenos días! Tengo una duda respecto a lo establecido en las págs. 34 y 35 del tema. En concreto:
    – Por un lado, cuando se establece (art. 42 Ley 9/1987, 4 marzo): [i]”Las reuniones en el centro de trabajo se autorizarán fuera de las horas de trabajo, salvo acuerdo entre el órgano competente en materia de personal y quienes estén legitimados para convocar las reuniones a que se refiere el artículo anterior. En este ultimo caso, sólo podrán concederse autorizaciones hasta un máximo de treinta y seis horas anuales. [b]De éstas, dieciocho corresponderán a las secciones sindicales y el resto a los Delegados o Juntas de Personal.”[/b]
    [/i]
    – Por otro lado, (art. 43 Ley 9/1987, 4 marzo): “[i]Serán requisitos para convocar una reunión los siguientes:
    a) Comunicar por escrito su celebración con antelación de [b]dos días hábiles.
    b) En este escrito se indicará:
    La hora y el lugar de la celebración.
    El orden del día.
    Los datos de los firmantes que acrediten estar legitimados para convocar la reunión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior.”[/i][/b]

    Consultando, la citada Ley en el BOE, indica que las partes que subrayo en negrita están declaradas inconstitucionales por la Sentencia del TC 43/1996, de 14 de marzo, las debemos estudiar igualmente?
    Gracias!!

    #329897
    IRENE.
    Participante

    Perdón, la ley es la Ley 9/1987, de 12 de junio de Órganos de Representación.

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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