fbpx

Foros OPOSITAS

DUDA TEMA 15. JUNTAS DE PERSONAL

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #333117
    TUTORA Maria R.
    Participante

    Mi duda es que si en el examen del día 17 de abril, respecto a la tabla de junta de personal entraría la siguiente:
    FUNCIONARIOS Representantes
    50 A 100
    ________________________________________
    5
    101 a 250
    ________________________________________
    9
    251 a 500
    ________________________________________
    13
    501 a 750
    ________________________________________
    17
    […]

    o nos entraría lo que pone en la ley 9/1987, de 12 de junio de Órganos de Representación
    Artículo 8

    La Junta de Personal se compone de un número de representantes de acuerdo con la siguiente escala:

    De 50 a 100 funcionarios: 5

    De 101 a 250 funcionarios: 7

    De 251 a 500 funcionarios: 11

    De 501 a 750 funcionarios: 15

    De 751 a 1.000 funcionarios: 19

    De 1.001 en adelante, dos por cada 1.000 o fracción, con un máximo de 75

    Las Juntas de Personal elegirán de entre sus miembros un Presidente y un Secretario y elaborarán su propio reglamento de procedimiento, que no podrá contravenir lo dispuesto en la Ley, remitiendo copia del mismo y de sus modificaciones al órgano competente. Uno y otras deberán ser aprobados por los votos favorables de, al menos, dos tercios de sus miembros.

    #333118
    TUTORA Maria R.
    Participante

    Buenos días,
    En primer lugar, debemos tener en cuenta esto:
    El contenido del temario para todos los ejercicios de la oposición [b]se ajustará a la normativa publicada en el “Boletín Oficial del Estado” en la fecha de la publicación de la presente convocatoria:[/b] En este caso, tenemos que partir de la fecha de la publicación en el BOE de la convocatoria de auxilio: [color=red]27 de enero de 2020[/color]
    A fecha 27 de enero de 2020 la Ley 9/1987, de 12 de junio, de Órganos de Representación, Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas [u]ya estaba derogada;[/u] siendo sustituida por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que entró en vigor 01/11/2015; por lo que a efectos de examen, tendremos en cuenta la tabla regulada en el EBEP.
    Es más, en la convocatoria pasada ya hicieron alusión a la escala de la ley 9/1987 y dicha pregunta tuvo que ser anulada porque ya no estaba en vigor.

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS

Abrir chat
1
💬 ¿Necesita ayuda?
Hola 👋
¿Puedo ayudarle?