Foros OPOSITAS

Duda supuesto práctico 21 (gestión)

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #329178
    IRENE.
    Participante

    Buenas tardes! Tengo una duda de este ejercicio, respecto a la pregunta 10: ” para participar en la subasta del bien descrito en tercer lugar qué cantidad deberán prestar los postores:
    a) 5% del valor de tasación de los bienes. sin que licitador pueda realizar el depósito con cantidades recibidas en todo parte de un tercero
    b) 5% del valor de la tasación de los bienes. cuando licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo parte de un tercero se hará constar así en el resguardo
    c) 20% del valor de tasación de los bienes. cuando licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo parte de un tercero se hará constar así en el resguardo
    d) 20% del valor de tasación de los bienes. sin que licitador pueda realizar el depósito con cantidades recibidas en todo parte de un tercero”

    El test da por correcta la B y yo también había puesto como correcta esa opción pero no encuentro el artículo concreto de la ley en el que se recoge la parte relativa a: “cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo parte de un tercero se hará constar así en el resguardo” me lo podríais decir?
    gracias de antemano!

    #329179
    Ana-Maria
    Participante

    Hola Irene

    Esa frase constaba en la antigua redacción del art. 647 de la LEC, ahora como sabes es 5% tal y como señala el:

    [color=orange][i][b]Artículo 669[/b]. Condiciones especiales de la subasta.
    1. Para tomar parte en la subasta los postores deberán, previamente, consignar en la forma establecida en el apartado 1 del artículo 647, una cantidad equivalente al 5 por ciento del valor que se haya dado a los bienes con arreglo a lo establecido en el artículo 666 de esta Ley.[/i][/color]

    Reporto para que se actualice.
    Un Saludo

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS