-
AutorEntradas
-
14 septiembre, 2019 a las 11:49 am #330542
Ana-Maria
ParticipanteDuda de alumna:
Luego en el 188 cuando dice que no se acordará la suspensión de la vista de la comunicación se produce con más de 3 días de retraso desde la notificación del señalamiento que se produce en segundo lugar. En segundo lugar? No sería la primera vez que lo señalan?
_________El [b]art.188.6 de la LEC [/b] señala:
[i][color=purple]art. 188 Suspensión de las vistas.
1. La celebración de las vistas en el día señalado sólo podrá suspenderse, en los siguientes supuestos:….
….6.º Por tener el abogado defensor dos señalamientos de vista para el mismo día en distintos Tribunales, resultando imposible, por el horario fijado, su asistencia a ambos, siempre que acredite suficientemente que, al amparo del artículo 183, intentó, sin resultado, un nuevo señalamiento que evitara la coincidencia.
En este caso, tendrá preferencia la vista relativa a causa criminal con preso y, en defecto de esta actuación, la del señalamiento más antiguo, y si los dos señalamientos fuesen de la misma fecha, se suspenderá la vista correspondiente al procedimiento más moderno.
No se acordará la suspensión de la vista si la comunicación de la solicitud para que aquélla se acuerde se produce con más de 3 días de retraso desde la notificación del señalamiento que se reciba en segundo lugar. A estos efectos deberá acompañarse con la solicitud copia de la notificación del citado señalamiento.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no será de aplicación a las vistas relativas a causa criminal con preso, sin perjuicio de la responsabilidad en que se hubiere podido incurrir[/color][/i]Con un ejemplo podemos ver todas las posibilidades:
Imaginemos que un abogado defensor, tiene:– Una Vista para el día 19 de septiembre a las 10:00, por el proceso A, el señalamiento se produjo antes del proceso B. El proceso se inició en el mes de enero.
– Una Vista para el día 19 de septiembre a las 10:00, por el proceso B, el señalamiento se produjo después del proceso A, el proceso se inició en el mes de febrero.El abogado defensor acreditó para el proceso B un nuevo señalamiento, y no obtuvo resultado. No obstante, en este caso tiene preferencia el proceso b, ya que es una [b]causa criminal con preso[/b].
En el supuesto de que tanto los procesos A y B [b]se señalaron en la misma fecha[/b] y son causas criminal sin preso, entonces [u]tiene preferencia el proceso A, ya que la notificación es más antigua.[/u]
En el supuesto que [b]ambos señalamientos se hicieron en la misma fecha[/b], [u]se suspende la vista del proceso B. (proceso más moderno[/u]).
Otro ejemplo para la última, [b][u]no se suspenderá la vista[/u][/b] del proceso si es que:
– Tengo una Vista para el día 19 de septiembre a las 10:00, por el proceso A, esta es notificada.
– Luego se me notifica la vista para el día 19 de septiembre a las 10:00, por el proceso B.Si es que [b]no solicito la suspensión[/b] de la vista de la A o la B, según los casos, [u]transcurridos más de 3 días desde que se notificó la vista del proceso B[/u] (solo a partir de esta [u]segunda notificación[/u] sé que tengo dos vistas el mismo día y hora), a esto se refiere “[b]desde que se reciba en segundo lugar[/b]”.
Espero que con esto lo veas más claro.
Un saludo.
-
AutorEntradas
- El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.