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Duda sobre Sociedad Mercantil Estatal según Art 111 de Ley 40/2015

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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #333025
    Mistiff
    Participante

    Hola,

    Este Artículo dice:

    [i]1. Se entiende por sociedad mercantil estatal aquella sociedad mercantil sobre la que se ejerce control estatal:

    a) Bien porque la participación …….

    b) Bien porque la sociedad mercantil se encuentre en el supuesto previsto en el artículo 4 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores respecto de la Administración General del Estado o de sus organismos públicos vinculados o dependientes.[/i]

    En el segundo caso, ¿a qué tipo de relación se refiere entre la SME y la AGE? ¿A que ambas estén dentro de mismo grupo empresarial y ambas constituyan una unidad de decisión?

    Me voy al artículo 42.1 del Código de Comercio y leo una definición de empresa dominante dentro de un grupo empresarial, pero no acabo de enlazarlo todo.

    Gracias por vuestra ayuda

    #333026
    tutor-age1
    Participante

    Hola Mistiff, cara a una oposición está bien profundizar en algunos temas, pero debemos ser cautos y no perder excesivo tiempo en alguna materia que es improbable que nos pregunten en examen, de ahí la importancia de tener el asesoramiento de un tutor que por experiencia “conoce los límites” de una oposición siempre al 99% claro.
    Lo verdaderamente importante es distinguir las dos características de las Sociedades Mercantiles Estatales, en el primer caso creo que lo tienes claro participación directa en su capital social que sea superior (ojo NO igual) al 50 por ciento sumando todas las participaciones de la sociedad que pertenezcan a la AGE o su Sector Público Institucional.
    En el segundo caso es donde viene la duda, primero decirte que la Ley 24/1988 fue derogada por el RDL 4/2015 de 23 de octubre, así que aquí aplicaríamos el artículo 5 de está última norma, y lo definición que tenemos que controlar es que la sociedad mercantil se encuentre dentro de un grupo de sociedades respecto de la AGE o de sus organismos públicos vinculados o dependientes.
    Por lo demás el artículo 42 del código de comercio viene a desarrollar la gestión de las cuentas anuales del grupo de sociedades donde normalmente hay una sociedad dominante encargada de las cuentas consolidadas del grupo, es decir los estados contables de manera conjunta de todas las empresas que forman el grupo de sociedades, que es de obligada presentación para este tipo de grupos.
    un saludo.

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