Foros OPOSITAS

DUDA SOBRE SENTENCIA DE CONFORMIDAD EN JUICIOS RAPIDOS

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #304312
    sdelgado
    Participante

    Hola:

    En el procedimineto de los juicios rapidos, al inicio dice que se iniciará por delitos con pena no superior a cinco años de prisión.

    Luego en la fase de juicio oral dice que podrá dictar sentencia de conformidad, siempre que (entre otras cosas) sea un delito no superior a 6 años. ¿No hay una contradicción aquí entre 5 y 6 años?

    A ver si alguna alma caritativa me soluciona este asunto, porque sospecho que soy yo el que no ha entendido bien el asunto.

    #304313
    vereda
    Participante

    Creo que debes de referirte al artº787 de la LECr, aqui se habal de la conformidad en los procedimientos abreviados, tanto en los casos en que se enjuicien ante el Juzgado de lo Penal o de la Audiencia. El texto de la ley permite la conformidad con penas que no excedan de seis años de prisión, reiterando el límite que señala el artº 793.3.
    En los juicios rápidos es en el artº 801 donde se habla de las sentencias de conformidad en los cuales deben de concurrir una serie de requisitos, si te fijas aqui se habla de delitos cuya pena aya sido calificada de hasta 3 años ..(apartado2º).
    Apartado 3º. Que, tratandose de pena privativa de libertad, la pena solicitada o la suma de las penas solicitadas no supere, reducida en un tercio, los dos ños de prisión.
    En el apartado 3º hace referencia al artº citado 787, y el artº789, en la que se dice que se impondrá la pena solicitada reducida en un tercio, aun cuando suponga la imposición de una pena inferior al limite mínimo previsto en el Codigo Penal.
    Espero que te quede aclarada tu duda, de todas formas si algo no te queda claro no dudes en ponerlo en el foro.
    Esta el mi humilde opinion salvo mejor parecer.

    #304314
    Eulalia
    Participante

    Yo creo que Vereda tiene razón, la conformidad en el abreviado es si la pena no excede de 6 años( el procedimiento abreviado es para penas hasta 9) y la conformidad en juicios rápidos es si la pena no excede de 3 años, que además reducida en 1/3 no supere los dos años y que no haya acusación particular.Esta conformidad es en el juzgado de guardia.
    Saludos.

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS