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Duda sobre Recursos Civiles

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  • Autor
    Entradas
  • #326853
    maria.menendez
    Participante

    Hola, mi duda es sobre el Recurso de Casación es igual que el Recurso por Infracción Procesal, solo que el de Casación va al T.S y el Recurso por Infracción Procesal va al T.SJ? y aparte también los motivos que cambian. Gracias es que no me aclaro

    #326854
    LN30
    Participante

    Buenos dias Maria, claro efectivamente los motivos cambian, porque [b]a través del Recurso de Casación no puedes impugnar el artículo 24 de la Constitución[/b] y sin embargo a través del Recurso de Infracción Procesal si puedes. Y sobre todo EL RECURSO EXTRAORDINARIO DE INFRACCION PROCESAL es un recurso CONTRA AUTOS Y SENTENCIAS (artículo 468 LEC), a[b] diferencia del recurso de casación ordinario del artículo 477.2 LEC que sólo se da contra sentencias.[/b]. Espero haberte ayudado. Saludos.

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