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Duda sobre permiso de paternidad segun LOPJ art.373.6

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Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • Autor
    Entradas
  • #330062
    coriana
    Participante

    Buenas tardes

    Siguiendo la duda de una alumna sobre el permiso de paternidad de jueces y magistrados, y sus respuestas, me surgen las siguientes dudas:

    Según el Tema 6 (Auxilio) dice: Por el nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción los
    jueces y magistrados tendrán derecho un permiso de paternidad de [b]4 semanas[/b] de duración.

    Luego, hubo una [u]primera modificación[/u] extendiéndose la duración del permiso referido a [b]5 semanas[/b]
    Luego, [u]otra modificación[/u], el 30 de mayo de 2019, con lo cual El Pleno del Consejo General del Poder Judicial acordó por unanimidad modificar la duración del permiso de paternidad del que los jueces y magistrados podrán disfrutar por nacimiento de hijo, que pasa de las [b]5 a 16[/b]
    La Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre que conforme la cual, el permiso de paternidad por nacimiento, guarda con fines de adopción, adopción o acogimiento de un hijo/hija se amplía a un total de 16 semanas, de forma progresiva durante 3 años:
    *8 semanas a partir del 1 de enero de 2019,
    *12 semanas a partir del 1 de enero de 2020 y
    *16 semanas a partir del 1 de enero de 2021.

    [u][b]Mis preguntas son:[/b][/u]
    1º- ¿ésto último rige también para los jueces y magistrados y empleados de la administración de justicia?
    2º. Entiendo entonces que si me preguntan en un examen: A fecha actual ¿de cuántos días dispone un juez o magistrado de permiso por paternidad? ¿La respuesta correcta sería 8 semanas? (imaginando que el examen sea este año 2019, si el examen fuera el año próximo 2020 la respuesta sería 12 semanas, y así sucesivamente)

    Saludos y gracias

    #330063
    Ana-Maria
    Participante

    Asi es Coriana.
    Un saludo

    #330064
    coriana
    Participante

    Muchas gracias Ana Maria!

    #330065
    Anónimo
    Inactivo

    Una duda breve al respecto de la LOPJ , si preguntan sobre la duracion de este permiso a juec/magistrado segun LOPJ ¿todavía habría que decir 4 semanas, cierto? lo pregunto xq acabo de comprobar que en la LOPJ dice en el art 373.6 “cuatro semanas”

    #330066
    Ana-Maria
    Participante

    Buenas noches, Angela
    Si revisas el tema 6 sobre este punto puedes ver todas las modificaciones que hay, y que además tienes en este post.
    Si revisas en el BOE directamente veras una nota con lo señalado en este post.
    Un saludo

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