Hola Eulalia!
Se utilizará el [u]mandamiento[/u] para funcionarios de Policía judicial que estén a las órdenes de los Juzgados y Tribunales ([u]art 186[/u])
Se utilizará atento [u]oficio[/u] para autoridades, funcionarios, agentes y jefes de fuerza que no estuvieren a las órdenes inmediatas de los Jueces y Tribunales ([u]art 195[/u]) salvo que la urgencia del caso exija verificarlo verbalmente.