Buenas tardes
[u]Repasando los temas 7 y 8 de Auxilio nos dice[/u]:
Salas de lo [b]Civil y de lo Penal[/b] (T. Supremo) conocerán de la tramitación y enjuiciamiento de las acciones civiles y penales, respectivamente, dirigidas contra:
-la Reina consorte o
-el consorte de la Reina,
-la Princesa o Príncipe de Asturias y su consorte,
-así como contra el Rey o Reina que hubiere abdicado y su consorte.
Mi pregunta es: ¿el Rey en activo nunca podría ser juzgado?
Si nos vamos al art. 56 de la constitución, punto 3, nos dice que la persona del Rey no está sujeta a responsabilidad y que sus actos siempre estarán refrendados.
Gracias
Saludos
Corina Valido