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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
  • Autor
    Entradas
  • #302947
    sdelgado
    Participante

    El otro dia, en la tutoria de internet, alguien hablo de nuevas atribuciones de la Audiencia Nacional. En concreto:

    o Trafico ilegal o inmigracion clandestina de personas, sean o no trabajadores.
    o Los relativos a la mutilacion genital femenina, siempre que los responsables se encuentren en España.

    Sin embargo, he consultado la ley actualizada en noticias.juridicas.com y en el articulo 65 de la LOPJ no aparece nada nuevo ¿¿¿???

    Alguien me puede confirmar este cambio?

    Muchas gracias.

    #302948
    Anónimo
    Invitado

    Hola SDelgado. Esa competencia en materia penal, la encontramos en el art. 23 de la L.O. 6/85 de 1 de Julio del Poder Judicial, conforme a la redacción otorgada en Ley Orgánica 17/2.007 de 19 de Noviembre

    Saludos.

    #302949
    Academia Opositas
    Participante

    Solo es competencia de la Audiencia Nacional si esos delitos se cometen en el extranjero, si se cometen en España seran en un caso competenca de la Audiencia Provincial y en el otro el Juzgado de lo Penal. Art 65.1 e LOPJ, y 23.4 g y h LOPJ.

    #302950
    Anónimo
    Invitado

    Perfecta tu ampliación a la respuesta “1m91”.
    Gracias por tu participación en los foros de [url=http://www.opositas.com]www.opositas.com[/url]

    #302951
    isidrojuarez
    Participante

    Cuando esos delitos se cometen en el extranjero la competencia de la Audiencia Nacional parece clara conforme al art. 65.1.e en relación el art. 23.4. g y h. Ahora bien el art. 23.4. g y h no distingue entre Audiencia Provincial o Juzgado de lo Penal cuando estos delitos ocurren en España, mi pregunta es en qué art. concreto o conforme a qué ley se atribuyen estos delitos o bien a la Audiencia Provincial o bien al Juzgado de lo Penal???

    #302952
    Academia Opositas
    Participante

    Artículo 14 Lecr, reglas para determinar la competencia, dependiendo de la pena sera competencia de uno o de otro. 312, 313, 318, del codigo penal respecto de trafico de personas trabajadores o no, y 149 código penal, respecto del otro.

    #302953
    isidrojuarez
    Participante

    Ahora si, gracias im por la aclaración

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