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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #302213
    mariquer69
    Participante

    Hola a todos, vereis tengo una duda, que la verdad es que a estas alturas, no debería tenerla, pero es que no me acuerdo la diferencia….
    En el servicio activo.
    a) Cuando presten servicios en el Tribuna Constitucional, CGPJ, y en el Tribunal de Cuentas, salvo que, de conformidad con lo previsto en las legislaciones específicas de los citados órganos constitucionales les corresponda quedar en otra situación.

    En Servicios Especiales
    – Cuando sean adscritos a los servicios del Tribunal Constitucional o del Defensor del pueblo, o destinados al Tribunal de Cuentas etc.

    Alguien porfa que me lo explique la diferencia… es por la palabra adscritos quizas?
    Saludos y gracias.
    🙄

    #302214
    mariquer69
    Participante

    hola nadie me contesta¡¡¡¡ 😥 por favor…. me he quedado bloqueada con la duda…. gracias.

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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