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30 diciembre, 2013 a las 5:01 pm #317996
mariajesus_85
ParticipanteBuenas tardes, tengo una duda en relación al art 697 lecr. Si hay varios procesados y cualquiera de ellos no se confiesa reo dice dicho art q continua el juicio oral. Pero también con respecto a los que sí que se confiesan culpables, también continúa? Gracias de antemano y feliz año nuevo.
30 diciembre, 2013 a las 6:47 pm #317997Anónimo
InvitadoHola María_Jesús, buenas tardes:
En primer lugar transcribo el precepto por el que cuestionas,
Artículo 697
Cuando fueren varios los procesados en una misma causa, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 694 si todos se confiesan reos del delito o delitos que les hayan sido atribuidos en los escritos de calificación, y reconocen la participación que en las conclusiones se les haya señalado, a no ser que sus defensores consideren necesaria la continuación del juicio.
Si cualquiera de los procesados no se confiesa reo del delito que se le haya imputado en la calificación, o su defensor considera necesaria la continuación del juicio, se procederá con arreglo a lo dispuesto en el artículo anterior.
Si el disentimiento fuere tan sólo respecto de la responsabilidad civil, continuará el juicio en la forma y para los efectos determinados en el artículo 695.
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Entendemos que para el caso de que algunos imputados se declaren culpables y otros no, el juicio continuará respecto a estos, puesto que los primeros ya lo han “admitido” y no es necesario probarlo ¡ok?Saludos
30 diciembre, 2013 a las 10:37 pm #317998Cudiximale
ParticipanteBuenas noches.
Quisiera plantear una duda de estas sentencias al respecto, a propósito del Procedimiento Abreviado (PROA).
Creo que hay dos momentos para dictar sentencia de conformidad, uno en la fase de instrucción, ante el Juez de Guardia, y otro antes de que se practiquen las pruebas, ya ante el Juzgado de lo Penal o la Audiencia.
Pero en un caso se pide, entre otras cosas, una pena privativa de libertad que no exceda de tres años y en otro que no supere los seis.
¿Es así?
Muchas gracias.
31 diciembre, 2013 a las 6:03 am #317999ovayone
ParticipanteEn el 779.1.5 (pena de hasta tres años de prisión, con pena de multa cualquiera que sea su cuantía o con otra pena de distinta naturaleza cuya duración no exceda de 10 años) en las conclusiones de las diligencias previas se ofrecen 5 posibles resoluciones siendo la número 5 la posibilidad que las previas se transformen en Juicio Rápido, premiándose con la reducción de 1/3 de la pena si se cumplen los requisitos del 801, y también antes de la práctica de la prueba o el inicio del Juicio Oral según el 784.3 y 787 pero aquí será con el escrito de acusación que contenga pena de mayor gravedad y no existe premio de rebaja del 1/3, teniéndonos que remitir para esta conformidad al 655 que aunque habla de pena correccional para nosotros traducido al castellano actual son de los seis años que hablas.
1 enero, 2014 a las 1:01 pm #318001francisco
ParticipanteA mi entender no se podría continuar el juicio respecto a unos si y a otros puesto que se rompería el principio de la unidad de acto , por lo tanto habría de continuar para todos no pudiendo dictarse en el supuesto planteado sentencia de conformidad.
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