Foros OPOSITAS

Duda – Secretario de Gobierno

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #327311
    barbarulla
    Participante

    En caunto a la reserva de plaza que venía ocupando antes de su nombramiento, la LOPJ afirma que en efecto existe reserva de plaza, pero el RD 1608/2005 reglamento orgánico de los LAJ da a entender que no hay tal reserva en el apartado del cese de los secretarios de gobierno y coordinadores provinciales. ¿Con cual debemos quedarnos?.

    Gracias.

    #327312
    franjocado
    Participante

    Hola barbarulla, conforme al principio de jerarquía normativa recogido en el artículo.9.3 CE, lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial prevalece sobre el Real Decreto 1608/2005, por lo que has de quedarte con lo previsto en dicha Ley Orgánica. En 2015 hubo una reforma de la LOPJ lo que supone que existan cuestiones nuevas en dicha Ley que aún no se han reflejado en el RD que hemos mencionado antes. Espero haber solucionado tu duda. Un saludo.

    #327313
    barbarulla
    Participante

    Muchísimas gracias. Resuelta la duda.

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS

Abrir chat
1
💬 ¿Necesita ayuda?
Hola 👋
¿Puedo ayudarle?