Baldo, una duda:
Las aclaraciones de las resoluciones se pueden hacer de oficio o a petición de parte o Ministerio Fiscal y se presentarán en el plazo de los 2 días hábiles siguientes a la publicación de la resolución…; si se hace a petición de parte o Ministerio Fiscal el Tribulal resolverá dentro de los 3 días sgtes al de la presentación del escrito… ART. 267 2.LOPJ
o sea, bien de oficio o a petición de parte o Ministerio Fiscal se presentan eln el mismo plazo pero si se hace a petición de parte o Ministerio Fiscal el Tribunal resuelve dentro de los 3 días sgtes.
¿es así?
Ayer comentaste algo sobre este tema y no lo entendí bien.
gracias