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duda requerimiento pago

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #314347
    Academia Opositas
    Participante

    hola,

    en la fase de ejecución, en el civil: cuando la comisión judicial se presenta en el domicilio del deudor para requerirle de pago y el deudor no se encuentra en el domicilio:
    – no se le requiere de pago a quien allí se encuentre, pero ¿se puede embargar?

    gracias

    #314348
    MYM
    Participante

    Si se puede requerir de pago a la persona que se encuentre en el domicilio conforme al art. 161.3 LEC, y también se puede embargar si el ejecutante lo solicita (normalmente si lo solicita el procurador del ejecutante presente en el acto).

    #314349
    Academia Opositas
    Participante

    Gracias mym.

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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