El art. 17 te indica la duración máxima del proceso selectivo, el tiempo que tiene que pasar entre un examen y otro…y el 21 se refiere al anuncio o publicidad de la celebración de las pruebas, es decir, con cuanto tiempo de antelación tiene que publicarlo el tribunal.
Uno se refiere al tiempo que tiene que mediar entre un ejercicio y otro; y el 21 a la publicidad.
No sé si te lo he aclarado… saluditos