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DUDA RECLAMACION DE CANTIDAD

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
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    Entradas
  • #314237
    Academia Opositas
    Participante

    Alguien me puede decir si lo expuesto a continuación es correcto?:

    1. Reclamación exclusivamente de cuotas de comunidades de propietarios:
    a. Por 8.000€ – tramitación por juicio ordinario
    b. Por 1.200€ – tramitación por juicio verbal

    2. Reclamación exclusivamente de rentas impagadas según contrato de arrendamiento:
    a. Por 8.000€ – tramitación por juicio verbal
    b. Por 1.200€ – tramitación por juicio verbal

    Gracias.

    #314238
    MYM
    Participante

    Es correcto.

    #314239
    Academia Opositas
    Participante

    Gracias MYM, pero…
    Ahora me surge la sgte duda:

    Si simple y exclusivamente se pretendiera la reclamación de cantidad SIN la resolución del contrato o desahucio (recuperacion de la plena posesión) no se trataría de una reclamación de cantidad e iría su tramitación por el juicio que corresponda en función de la cuantía, es decir, verbal u ordinario?

    #314240
    MYM
    Participante

    No, cualquier reclamación de cantidad por impago de rentas de un contrato de arrendamiento se tramita por el juicio verbal, con independencia de la cantidad.

    Artículo 250. 1. 1 LEC: Ámbito del juicio verbal.

    “Se decidirán en juicio verbal, cualquiera que sea su cuantía, las demandas siguientes:

    Las que versen sobre reclamación de cantidades por impago de rentas y cantidades debidas …”

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