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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #329353
    coriana
    Participante

    [u]Cuando dice[/u]:
    LA TRANSFORMACIÓN DEL PROCEDIMIENTO.
    Si el deudor presentare escrito de oposición dentro de plazo, el asunto se
    resolverá definitivamente en juicio que corresponda, teniendo la sentencia que se
    dicte fuerza de cosa juzgada.

    Ese plazo que nombra ¿se refiere a los 10 días que indica el artículo 556 de la LEC, apartado 1?

    Gracias.

    #329354
    Ana-Maria
    Participante

    Hola corina,

    El [b]art.815[/b] de la LEC responden tu duda:

    Artículo 815. Admisión de la petición y requerimiento de pago.
    1. Si los documentos aportados con la petición fueran de los previstos en el apartado 2 del artículo 812 o constituyeren un principio de prueba del derecho del peticionario, confirmado por lo que se exponga en aquella, el Letrado de la Administración de Justicia requerirá al deudor para que, en el [u][b]plazo de veinte días[/b][/u], [u]pague al peticionario[/u], acreditándolo ante el tribunal, [u]o comparezca ante éste y alegue de forma fundada y motivada, en [b]escrito de oposición[/b][/u], las razones por las que, a su entender, no debe, en todo o en parte, la cantidad reclamada. En caso contrario dará cuenta al juez para que resuelva lo que corresponda sobre la admisión a trámite de la petición inicial.

    Saludos y mucho ánimo.

    #329355
    coriana
    Participante

    ¡¡gracias!

    #329356
    sdelgado
    Participante

    Hola Coriana:
    Se refiere al plazo de 20 días que tiene el deudor para pagar u oponerse (art. 815.1 LEC).

    Saludos

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