Buenas. Tengo una duda respecto a la pregunta 121: “contra le auto que deniegue la ejecución provisional se dará:
a)recurso de apelación
b) recurso de reposición
c) recurso de queja
d) no cabe recurso”.
Se da por correcta la D, pero según el art. 527.4 LEC: Contra el auto que deniegue la ejecución provisional se dará [b]recurso de apelación[/b], que se tramitará y resolverá con carácter preferente. Contra el auto que despache la ejecución provisional no se dará recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formular el ejecutado conforme a lo dispuesto en el artículo siguiente.
no sería correcta la A?
Gracias!