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18 octubre, 2011 a las 3:57 pm #313227
MYM
ParticipanteLa pregunta nº 22 dice:
“La Sentencia se ejecutará:
a) Inmediatamente, una vez transcurridos los plazos para recurrir y formular oposición al recurso.
b) Transcurridos 3 días desde su notificación.
c) A partir del primer día hábil desde su comunicación.
d) Inmediatamente, sin excepciones”.Si no me equivoco, dieron por correcta la A), no obstante el art. 974. 1 LECR dice:
Artículo 974.
1. La sentencia se llevará a efecto inmediatamente transcurrido el término fijado en el párrafo tercero del artículo 212, si no hubiere apelado ninguna de las partes y hubiere transcurrido, también, el plazo de impugnación para los ofendidos y perjudicados no comparecidos en el juicio.
Por tanto, nuevamente no es lo mismo “formular oposición al recurso” que el plazo de impugnación para los ofendidos y perjudicados, con lo cual, entiendo que ninguna resupuesta es correcta.
18 octubre, 2011 a las 4:06 pm #313228Anónimo
InvitadoHola MYM; vamos a ver esa pregunta y sus respuestas.
Como sabemos al realizar un test hemos de elegir la mejor de las opciones posibles de entre aquellas que existen en las respectivas respuestas ofrecidas por el Tribunal.
En este caso la “discordia” surge entre las expresiones oposición o impugnación al recurso. Bien, aunque en procedimiento civil hemos tenido ocasión de ver que la impugnación se trata de ir “contra lo dispuesto en la sentencia” al conferir traslado del recurso, también podemos interpretar, en procedimiento penal, como la oposición al recurso interpuesto de contrario. Es ahí donde estriba la razón de la respuesta, además de que de entre las opciones ofrecidas no hay ninguna que fuera mejor que la opción a) que ratificamos (es nuestro criterio) como válida
Entiendo que esta realización de tests y estudio de sus contenidos mejora vuestra preparación
Saludos.
18 octubre, 2011 a las 4:10 pm #313229MYM
ParticipanteEntiendo lo que quieres decir, y salvando las diferencias entre los términos oposición e impugnación, entiendo que el problema estriba en la palabra “recurso”, puesto que si hablamos sea impugnación u oposición al recurso, nos referimos al trámite de alegaciones al recurso formulado de contrario frente a la sentencia, mientras que lo que se refiere el art. es el transcurso del plazo para recurrir, oponerse, impuganar, pero la sentencia.
18 octubre, 2011 a las 4:11 pm #313230MYM
ParticipanteYo es que entiendo que esas matizaciones son de suma importancia porque son conceptos totalmente distintos.
18 octubre, 2011 a las 4:13 pm #313231Anónimo
InvitadoMYM, de eso se trata de pulir todo lo posible.
En cualquier caso, como bien indicas, se trata del plazo para que la resolución adquiera la posibilidad de ser ejecutada
Saludos.
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