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Duda plazos artículo 627 Lecr

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #322868
    sag
    Participante

    El artículo 627 Lecr dice:[i] Transcurrido dicho término, el Secretario judicial pasará los autos para instrucción por otro, que no bajará de tres días ni excederá de diez, según el volumen del proceso, al Ministerio Fiscal, si la causa versa sobre delito en que deba tener intervención, después al Procurador del querellante, si se hubiere personado, y por último a la defensa del procesado o procesados.
    Si la causa excediere de mil folios, el Secretario judicial podrá prorrogar el término, sin que en ningún caso pueda exceder la prórroga de otro tanto más.
    [/i]
    Mi duda es que al no decir plazo por el que se pasan los autos al Procurador del querellante ni a la defensa del procesado, no me queda clara el tiempo máximo de la prórroga si la causa excede de mil folios.

    Gracias!

    #322869
    esthal
    Participante

    Buenos días

    el plazo máximo de prorroga son de 10 días.

    #322870
    sag
    Participante

    Suponía, pero por si las moscas. Muchas gracias!

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