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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #293800
    Academia Opositas
    Participante

    A ver si me resolvéis esta duda:

    ¿Qué recurso cabe contra el auto de hechos justiciables? (art. 37, Ley del Jurado)

    El art. 37 (auto de hecho justiciables, procedencia de prueba y señalamiento de día para la vista de juicio oral) dice que en lo relativo a la procedencia a los medios de prueba y su práctica anticipada no cabrá recurso si se declara procedente y que formularán oposición si se denegare. Pero eso es sólo en referencia al párrafo d) de este artículo.

    Entonces… ¿qué recurso cabe contra este auto? Gracias a quien conteste. 😀

    #293801
    pepeolmo
    Participante

    Hola, Selene, a mi entender, creo que no cabe recurso alguno contra dicho auto, aunque habrá que esperar que alguien más de su parecer al respecto, confirmando o no mi respuesta.
    Un saludo y animo. 🙂

    #293802
    Academia Opositas
    Participante

    ¿Nadie más tiene alguna idea? ¿Nadie me puede resolver esta duda? Esto podría caer en el examen y no sabría qué responder. 🙁 ¿Qué pensáis?

    #293803
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Selene; hola Pepeolmo:
    Selene, desde mi punto de vista, en el apartado D hacen esa referencia a los recursos que caben contra la admisión o no de la prueba por salirse de la norma general. Es decir, que el auto de hechos justiciables, dado que no te dicen lo contrario pueden caber contra él los recursos ordinarios que procedan.
    Por otro lado, no te preocupes por si cae esa pregunta en el examen porque si algo es seguro es que siempre preguntan algo que está escrito en la ley, es decir, que no te pueden poner qué recursos caben contra dicho auto porque en la ley no lo pone, me explico, verdad?
    Un saludo

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