La duración maxima de la prisión provisional para evitar la ocultación de pruebas son 6 meses, pero la de la incomunicación son 5 días (sin perjuicio de la posible prórroga en caso de terrorismo) y la del secreto de sumario es 1 mes.
Si estando en prisión provisional el imputado (para evitar la ocultación de pruebas) se levantare el secreto de sumario (en caso de haberse acordado) o la prisión dejase de ser incomunicada, el juez tendrá que volver a motivar la subsistencia del presupuesto, es decir que sigue existiendo riesgo de que la víctima oculte pruebas.
Si no se acordase la incomunicación ni el secreto de sumario el Juez sólo tendrá que dictar auto motivado una vez y podrá estar el imputado hasta 6 meses preso provisionalmente.
Espero haberte ayudado, aunque no se si me he explicado muy bien.