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duda penal

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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #303487
    mariquer69
    Participante

    Hola a todos me gustaría saber en que arts de lecri se encuentras estas respuestas muchas gracias y mucho animo.

    1.Según la Lecri en el recurso de apelación, y antes de la vista, las partes podrán:
    a) proponer cualquier medio de prueba
    b) proponer prueba documental
    c) proponer prueba pericial
    d) proponer prueba testifical
    respueta b

    2. Según la LOPJ, corresponde a los juzgados y tribunales:
    a)ejercitar las acciones civiles y penales dimanantes de delitos y faltas.
    b) ejercer las funciones del registro civil
    c)sancionar las leyes
    d) velar para que la función jurisdiccional se ejerza conforme a las leyes.
    Respuesta b.

    #303488
    desjas
    Participante

    Hola marique

    La pregunta de la LOPJ la puedes encontrar en el art 2.2

    En cuanto a la de LECRM no sabria decirte concretamente, porque no estoy segura, mira el art 231 nos habla de que antes de la vista (en el apartado de recursos contra resoluciones de tribunales y jueces de intrucción) del recurso de apelación. ya me diras si es eso lo que buscas exactamente, deberias leer del art216 al 238 es todo el proceso.

    espero haberte ayudado, un saludo

    #303489
    sofia
    Participante

    [u][b]En respuesta a tu primera pregunta[/b][/u]; este artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, creo que podrá aclarártelo… Como bien indicó desjas…

    Artículo 231.

    Las partes podrán presentar, antes del día de la vista, los documentos que tuvieren por conveniente en justificación de sus pretensiones.

    No será admisible otro medio de prueba.

    ➡ Como bien ves aquí… sólo pueden presentar [b]Prueba Documental[/b]

    En cuanto a la respues de tu segunda pregunta la podrás encontrar, efectivamente, en el artículo 2.2 de la LOPJ

    Saludos… 😛

    #303490
    Anónimo
    Invitado

    Creo que las dos respuestas ofrecidas, responden las dudas que se plantean.
    Gracias por vuestra colaboración.

    Saludos.

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