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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #292182
    Academia Opositas
    Participante

    Hola a todos. Me uno a todos los mensajes de condena del bárbaro atentado de ayer.
    Quería formular una duda que me ha surgido echándole un vistazo a las modificaciones introducidas en la LOPJ por la LO 19/2003. En ella se regula una nueva competencia para los Juzgados de Primera Instancia, que consiste en conocer de las solicitudes de reconocimiento y ejecución de las sentencias y demás resoluciones extranjeras, a no ser que, con arreglo a lo acordado en los tratados, su conocimiento corresponda a otro juzgado o tribunal. Pues bien, esta competencia es muy similar a la que figura en el art. 56 apartado 4º LOPJ para la Sala de lo Civil del TS, disposición que creo que sigue en vigor. Entonces, ¿a quién le corresponde conocer de estas solicitudes, al JPI o a la Sala Civil del TS? Gracias a los que me podáis resolver esta duda. 🙄

    #292183
    Anónimo
    Invitado

    Hola Ana, intentará ayudarte. Transcribo en primer lugar el Art. 85-5, como competencia de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción
    De las solicitudes de reconocimiento y ejecución de sentencias y demás resoluciones judiciales y arbitrales extranjeras, a no ser que, con arreglo a lo acordado en los tratados y otras normas internacionales, corresponda su conocimiento a otro juzgado o tribunal.

    Finalmente el párrafo cuarto del art. 56 de la LOPJ está suprimido por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre)

    Creo que queda aclarado; te sugiero que entres en la zona de legislacion de la pagina y lo compruebes.

    Un saludito-.

    #292184
    Academia Opositas
    Participante

    Gracias bg, así da gusto. Era lógico que estuviera derogado, pero es que no lo veía por ningún lado. Ahora todo queda aclarado.

    #292185
    Anónimo
    Invitado

    Gracias a ti Ana; estamos para eso, para intentar ayudaros. Un saludito y buen fin de semana.

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