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DUDA MULTA DELITOS LEVES DE 200 A 2000 EUROS

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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #326513
    LN30
    Participante

    Buenas noches, me ha surgido una duda con relación a la multa que se le impone en el procedimiento de delitos leves al no comparecer peritos testigos, partes, de 200 a 2000 euros. Esta multa se asocia con el caso del articulo 965, que corresponde al caso de que no fuera posible la celebración del juicio durante el servicio de guardia?, o esta multa se aplica al procedimiento de delitos leves en general en cuanto que los testigos peritos y partes no comparezcan?. Es que este punto no termino de verlo claro. A ver si alguien me lo pudiese aclarar. GRacias. Saludos.

    #326514
    Anónimo
    Invitado

    Hola LN!

    Te dejo el precepto que responde a tu duda

    Saludos y espero que la sesión tutorial de hoy haya sido de vuestro agrado
    A seguir!

    [li]
    [li]
    [li]Artículo 967.

    1. En las citaciones que se efectúen al denunciante, al ofendido o perjudicado y al investigado para la celebración del juicio, se les informará de que pueden ser asistidos por abogado si lo desean y de que deberán acudir al juicio con los medios de prueba de que intenten valerse. A la citación del investigado se acompañará copia de la querella o de la denuncia que se haya presentado.

    Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, para el enjuiciamiento de delitos leves que lleven aparejada pena de multa cuyo límite máximo sea de al menos seis meses, se aplicarán las reglas generales de defensa y representación.

    2. Cuando los citados como partes, los testigos y los peritos no comparezcan ni aleguen justa causa para dejar de hacerlo, podrán ser sancionados con una multa de 200 a 2.000 euros.[/li][/li][/li]

    #326515
    LN30
    Participante

    Gracias Baldo, entonces entiendo que si no hace mención de algún supuesto concreto que tenga que ver con la comparecencia de las partes, los testigos y peritos es porque entiendo que es una multa que se establece de manera general en cualquier supuesto del procedimiento de delitos leves, según este artículo yo lo veo asi. Los demás artículos hablan de manera general, entiendo entonces. Además yo creo que el supuesto de cuando la celebración del juicio no se puede llevar a cabo durante el servicio de guardia abarca los articulos 965 y 966, no?. Es que lo de acotar los tres supuestos de procedimiento de delitos leves y encuadrarlos dentro de su respectivo articulado me está costando un poco…
    Saludos.

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