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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #313575
    mariquer69
    Participante

    Hola alguien sería tan amable de explicarme del art 816. 2 ( monitorio) donde dice: “ pero el solicitante del proceso monitorio y el deudor ejecutado no podrán pretender ulteriormente en proceso ordinario la cantidad reclamada en el monitorio o la devolución de la que con la con la ejecución se obtuviere.”
    Otra cosilla la palabra ulteriormente quiere decir posteriormente?

    Tampoco tengo muy claro el art 818 donde dice “dentro de plazo” que plazo es? 20 dias o 10 días? Pues dicho escrito de oposición sería el escrito de oposición del art 815 , o del art 556?
    Bueno estas son mis dudas, por ahora jejeje. Gracias

    #313576
    Academia Opositas
    Participante

    Buenos días compañera.

    Tal y como se dice en la LEC, “Si el deudor presentare escrito de oposición dentro de plazo, el asunto se resolverá definitivamente en juicio que corresponda, teniendo la sentencia que se dicte fuerza de cosa juzgada”.

    El plazo al que te refieres es para formular oposición, por lo tanto es de 20 días. Debes de tener en cuenta que la sentencia dictada en estos juicios tiene fuerza de cosa juzgada, lo cual quiere decir que dictada tal sentencia, al ser firme, no pueden las partes promover un nuevo juicio. ¿Lo entiendes?

    Ah, efectivamente, ulterior es posterior.

    Un saludo.

    #313577
    J2C2
    Participante

    Buenos días, Mariquer.

    Tal como dice la compañera, el plazo para formular el escrito de oposición es de veinte días. El plazo señalado para la oposición en este momento.

    En cuanto a la primera respuesta las partes no pueden volver a promover un nuevo juicio sobre la misma materia, porque la sentencia que se dicta produce cosa juzgada.

    Un saludo.

    #313578
    mariquer69
    Participante

    hola compis muchas gracias por vuestras respuestas así da gusto¡¡ 😀

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