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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
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    Entradas
  • #308212
    mariquer69
    Participante

    Hola, en estas dos preguntas tengo duda…
    ¿Qué órgano es el encargado de asegurar la coordinación entre los distintos departamento ministeriales?
    a)El secretario de Estado para la coordinación interministerial
    b)el presidente del Gobierno
    c)el ministro para las administraciones públicas
    d)el vicepresidente del gobierno.
    Respuesta B art 2.2.1 ley del Gobierno.
    No la veo clara…..

    -las delegaciones del gobierno en las CCAA tendrán su sede
    a) en la localidad donde radique el Consejo de gobierno de la comunidad autónoma, en todo caso
    b) en la localidad que determine el Consejo de Ministro en alguún caso
    c)en el lugar que diga el Estatuto de autonomía
    d) ninguna es cierta.

    RespuestaC art 22.3 loFAJE, tampoco la veo clara.

    Gracias saludos.

    #308213
    MAREY
    Participante

    Respecto de la primera duda, transcribo el artículo 2.1. de la Ley del Gobierno:

    [color=brown]Artículo 2. Del Presidente del Gobierno.

    1. El Presidente dirige la acción del Gobierno y [u][b]coordina las funciones de los demás miembros del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de los Ministros en su gestión[/b][/u].[/color]

    Recuerda que, según la misma Ley, en el artículo 1.2. “El Gobierno se compone del Presidente, del Vicepresidente o Vicepresidentes, en su caso, y de los Ministros”, por lo que una de las misiones del Presidente, aunque no sea textual de la Ley es coordinar los departamentos ministeriales.

    En cuanto a la segunda duda en el 22.3 de la LOFAGE:

    [color=brown]3. Los Delegados del Gobierno serán nombrados y separados por Real Decreto del Consejo de Ministros, a propuesta del Presidente del Gobierno y tendrán su sede en la localidad donde radique el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, salvo que el Consejo de Ministros determine otra cosa y [u][b]sin perjuicio de lo que disponga, expresamente, el Estatuto de Autonomía[/b][/u].[/color]

    Esto significa que se sitúan:

    1º Donde dice el Estatuto de Autonomía de la Comunidad.
    2º Si no dice nada el Estatuto, en donde radique el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, a no ser que el Consejo de Ministros determine una localización diferente.

    Ten en cuenta que “sin perjuicio de”, significa “dejando a salvo”. Si lo lees de esta manera, verás que la respuesta y la referencia legislativa son correctas.

    Espero haberte ayudado.

    #308214
    mariquer69
    Participante

    hola Marey muchas gracias por las respuestas, la 2º duda no sabía que el orden de preferencia era ese que me has dicho !º donde dice el EStatuto de Autonomía de la Comunidad.
    2º donde radique el Consejo de gobierno….

    gracias. Sevilla tiene algo especial…… 😉

    #308215
    MAREY
    Participante

    Es un placer haberte ayudado. Precisamente me pillas repasando ése mismo tema y en ése mismo artículo. Me tocaba esta semana los temas 2 al 6.

    Gracias por lo de Sevilla, pero es circunstancial. Soy de un PARAÍSO INTERIOR… soy de Jaén y, además, una enamorada de mi tierra.

    Saludos,

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