Efectivamente bambu, es contradictoria la dicción de ambos preceptos.
Por tanto, te sugiero y así lo hago continuamente con ambos preceptos que si esa pregunta fuera una de la del examen oficial, centres muy bien la cuestión.
De esta forma, responderiamos la literalidad si es que la pregunta fuera del tipo… “conforme al art…”.
Si por el contrario preguntan de forma específica el plazo para dictar sentencia en juicios de faltas, un servidor optaría por aquella del art. 789.
Espero habe respondido tu duda y que te haya sido de utilidad
Saludos