Foros OPOSITAS

Duda LEC.Mejora, reducción y modificación embargos

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • Autor
    Entradas
  • #327826
    Helena
    Participante

    Buenas noches!

    Con respecto al art 612 LEC sobre las medidas de mejora, reducción y modificación del embargo dice que,

    “1. (…) El tribunal proveerá mediante providencia sobre estas peticiones según su criterio, sin ulterior recurso.

    2. El Secretario judicial resolverá mediante decreto sobre estas peticiones. Contra dicho decreto cabrá recurso directo de revisión que no producirá efectos suspensivos.”

    Mi duda surge por la falta de dominio de terminología jurídica, pero no veo la diferencia entre el tribunal proveerá y el Secretario resolverá. Entiendo que el LAJ por decreto resuelve la mejora de embargo ¿pero a que se refiere con que el tribunal proveerá por providencia esa pretensiones?

    Gracias!

    #327827
    jperezsalva
    Participante

    Buenos días, Helena A.M.

    A título particular y a la espera de lo que te respondan los moderadores, entiendo por proveer, que el Tribunal dicta resolución judicial sobre una cuestión planteada o siguiendo un trámite, por ejemplo.

    Recibe un cordial saludo y espero haberte aclarado la duda.

    #327828
    Helena
    Participante

    Gracias por tu aportación jperezsalva
    Si, a ver si los profesores me aclaran la diferencia.

    Saludos

    #327829
    Anónimo
    Invitado

    Buenos días

    Con vuestro permiso me introduzco en el post y espero aportar

    Efectivamente el artículo puede dar lugar a dudas. Os explico

    En la redacción original del 612 se establecía que la resolución sería providencia. Posteriormente mediante Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial se modifica dicho precepto y se introduce la resolución mediante Decreto.

    Tendremos que estar pendientes a una eventual pregunta sobre ello y por otro lado podríamos entender que….
    1. El Tribunal mediante providencia decide si procede o no procede la mejora de embargo
    2. El LAJ mediante Decreto, señala bienes

    Gracias!

    #327830
    Helena
    Participante

    Muchas gracias Baldo! me queda claro

Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS

Abrir chat
1
💬 ¿Necesita ayuda?
Hola 👋
¿Puedo ayudarle?