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DUDA LAJ INCOPATIBILIDADES

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

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  • #325803
    Academia Opositas
    Participante

    Hola,

    El LAJ, tiene las mimas incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones que los Jueces y Magistrados salvo las recogidas en el artículo 395. Entiendo entonces que el LAJ puede pertener a partidos políticos y sindicatos, y estar empleado en ellos, que puede participar en elecciones legislativas y locales, de forma activa, pero no entiendo a lo que se refiere el art 395.1 (Queda prohibido(…)Dirigir a los poderes, autoridades y funcionarios públicos o Corporaciones oficiales, felicitaciones, censuras, ni concurrir, en su calidad de miembro del Poder Judicial, a cualquier acto o reuniones públicas que no tengan carácter judicial, excepto a aquellas que tengan por objeto cumplimentar al Rey o para las que hubieran sido convocadas o autorizadas a asistir por el CGPJ) ¿Ese apartado que tendría que ver con un LAJ?

    Saludos.

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