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Duda juicios rápidos

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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #323414
    Academia Opositas
    Participante

    Hola, en los juicios rápidos establece que la sentencia se dicta dentro de los 3 días siguientes a la terminación de la vista, pero también establece los 5 días del procedimiento abreviado penal del art. 789 LECrim.

    Mi duda es, si la sentencia se dicta en 3 o 5 días o en qué casos son unos días u otros.

    Gracias.

    #323415
    LN30
    Participante

    Buenas tardes pgj010, efectivamente la sentencia en el juicio rápido se dicta dentro de los 3 días siguientes, ahora bien, con relación a lo que mencionas del plazo de 3 días o 5 días, creo que te refieres al recurso de apelación que se interponga contra la sentencia, este recurso se resolverá en el plazo de 3 días siguientes a la vista o de 5 días en el caso de que no tenga lugar la vista. Creo que te refieres a eso no?. Es que en la sentencia del juicio rápido el plazo son sólo de 3 días, la Lecr no menciona la posibilidad de 5 días, en el caso del recurso de apelación contra la sentencia es donde la ley si hace mención. Espero haberte ayudado y no haberte liado. Saludos.

    #323416

    La sentencia se dictara dentro de los tres días siguientes a la celebración de la vista o bien dentro de los cinco días siguientes a la recepción de las actuaciones si no se celebra vista.
    Lo que pasa es que esto es parecido al procedimimento abreviado con diferentes fechas
    Por que yo en mi temario tengo todo esto y entre paréntesis tengo lo correspondiente al procedimeinto abreviado
    Espero que te haya servido

    #323417
    Academia Opositas
    Participante

    Gracias, ya me queda más claro.

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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