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Duda intervención caudal hereditario

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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  • #307666
    maymona69
    Participante

    Buenos días chic@s,
    A ver si alguien me puede ayudar con esta duda.
    Se procederá a la intervención del caudal hereditario en los siguientes casos:
    – Cuando fallezca una persona y no conste la existencia de familia (ascendiente, descendiente, etc.) Y NO TENGA TESTAMENTO
    – Cuando fallezca una persona y la familia se encuentre ausente y no pueda ser localizada ¿TENGA O NO TENGA TESTAMENTO?
    – Puede pedirla el conyuge o cualquier pariente con derecho a la sucesión en caso de que acrediten haber promovido la declaración de herederos abintestato ante notario (POR TANTO NO TIENE TESTAMENTO )
    – Puede pedirla el conyuge o cualquier pariente con derecho a la sucesión en caso de que se solicite la intervención al tiempo de promover la declaración judicial de herederos (POR TANTO NO TIENE TESTAMENTO)
    – Pueden pedirla los acreedores (TENGA O NO TENGA TESTAMENTO?)

    Necesito saber si en los casos 2 y 5 tiene que haber ausencia de testamento expresamente para que se intervenga el caudal hereditario.

    Otra pregunta.
    Supongamos que se inicia una división judicial de una herencia y hay acreedores que tienen pendientes unos pagos. Supongamos ahora que los herederos llegan a un acuerdo ¿Este acuerdo se protocolariza o se homologa? ¿Que pasa en este caso con los acreedores? ¿pueden oponerse?

    #307667
    maymona69
    Participante

    Subo de nuevo la duda

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