Buenas tardes,
respecto a la instrucción penal , el plazo máximo para realizar las diligencias de instrucción era de 6 meses , hasta la reciente reforma del art. 324.1 LEcrm, , modificado en base a la Ley 2/2020, de 27 de julio, donde se modifica dicho plazo, estableciéndose en 12 meses el plazo máximo actual para realizar las diligencias de instrucción desde la incoación de la causa. Mi pregunta al respecto es si para los que nos examinamos próximamente de la OPE de 2018, tenemos en cuenta dicha modificación, al ser posterior al inicio del proceso selectivo nos atenemos al plazo anterior, en los test que hay de simulacros veo que ya se aplica la modificación, puesto que están actualizados, ¿ me podéis aclarar la cuestión? .
Gracias!