Hola, Boudica:
En la 59/2003 se establecen 3 “niveles” de firma electrónica:
-la firma electrónica
-la firma electrónica avanzada
-la firma electrónica reconocida
El nivel superior sería el de la firma electrónica reconocida, que es la única a la que se le reconoce el mismo valor que la firma manuscrita.
Ahora bien, y esto es lo que viene a decir el artículo objeto de tu pregunta, los restantes tipos de firma electrónica, aun sin reunir los requisitos exigidos para la firma electrónica reconocida, también tendrán efectos jurídicos, aunque no sean los mismos, puesto que la ley recoge esos 3 “sistemas” de firma electrónica.
Espero habértelo aclarado.
Saludos