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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
  • Autor
    Entradas
  • #304379
    Academia Opositas
    Participante

    hola a todos tengo un par de dudas en los supuestos.
    el organo competente para conocer del juicio de faltas :
    a) el juzgado de paz de albanchez de ubeda, lugar donde ocurren los hechos
    b) el juzgado de instruccion de ubeda, partido judicial del que depende el de albanchez.

    en el supuesto da la a), podria ser la b)

    el organo al que corresponde conocer de la ejecucion es:
    a) juzgado de paz de albanchez de ubeda, juzgado que conocio en primera instancia
    b) juzgado de instruccion de ubeda, que resuelve el recurso de apelacion.
    c) el juzgado de instruccion de ubeda, que conocido en primera instancia

    da la c) y porque? donde viene esto regulado…… un saludo y gracias

    #304380
    vereda
    Participante

    Me suena a un supuesto pratico que hicimos no hace mucho, pero en penal es facil saber a quien le corresponde ejecutar a quien dicto la sentencia firme mirate el artº 985 LECr.

    #304381
    M JOSE
    Participante

    los juzgados de paz conocen de algunos casos de faltas pespecificos, pero son casos escasos, el resto va a instruccion, entonces habria que saber que clase de falta se juzga.

    —————————

    y en el caso de la ejecucion, ejecuta el que sentenci, s sentencia el de paz ejecuta el de paz, si sentencia el de instruccion ejecuta el de instruccion

    #304382
    vereda
    Participante

    se tata de un Juicio de faltas en las que hay violencia de genero pero no se menciona?
    Ya sabes que el competentees el JVD del domicilio de la mujer si instuye este al ser una faltatambien conocera de su ejecución.
    En otros casos ( ya sabes que quien instruye no sanciona)seria el Penal o la Audiencia en funcion de la pena estos serian los que ejecutarian la misma o si fuera apelada el TSJ o T.S., dpende de cada caso en concreto.

    #304383
    Academia Opositas
    Participante

    hola es cierto es del supuesto:
    de un atestado de la policia local del ayuntamiento de albanchez de ubeda, partido judicial de ubeda; juan de 18 amenaza con un aguja a maria , ambas personas tuvieron relacion de pareja estable hace dos años. se dicta sentencia y se condena a juan, la sentencia se recurre, y se confirma por el organo que conoce del recurso

    ahora me puedes ayudar? porque dan esas respuestas?

    #304384
    vereda
    Participante

    el que mejor te podria respomder seria Baldo, pero ya discutimos ese supuesto en el chat anterior y par mi aunque no se mencion que es el Juzgado de Jaen sea el de Violencia domestica es el que conoce del asunto. Siendo si la pregunta 27 no habria ninguna correcta ya que al ser un juicio de faltas derivado de una violencia de genero conoceria el propio Juzgado de Instrucción de Jaen que se encarge de dichos asuntos.
    Lo mismo dicutimos sobre si se le debia o no nombrar abogado de oficio, en los juicio de faltas no es preceptivo por lo tanto seria el Juez quien decidiria o no su designación (pregunta 35) y e la 48 es la b).
    No obstante si se celebra la comparecencia del 544 ter, seria aconsejable que se les nombrara a ambos si lo solicitan por justicia gratuita y si no si el Juez lo considera aconsejable dado el caso, por analogia podría mos aplicar los supuestos para los juicio ordinarios pero yo no me fio de las analogias de cara al tribunal, sino a la literalidad de la ley, y a tener sobre todo no demasiados nervios para equivocarme.
    Espero haberte contestado.

    #304385
    Academia Opositas
    Participante

    En breve subiremos esa sesión tutorial a la zona de material de apoyo y podreis ver lo que sobre ella se debatió.

    Saludos.

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