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duda en la tramitación de los procesos especiales

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Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
  • Autor
    Entradas
  • #317162
    aliche74
    Participante

    No sé que responder cuando te formulan esta pregunta, porque en algunos test viene una respuesta diferente a la que se dá por ejemplo en esta preguanta del tes 60
    Pregunta 36
    Los procesos especiales se sustanciarán normalmente por los cauces del
    a) juicio verbal
    b) juicio ordinario
    c) juicios especiales
    d) juicio verbal con especilidades
    El test dá como respuesta la a) y en otro test viene la d)
    ¿ Cuándo se contesta que debe ser la a o la d).
    Gracias

    #317163
    Academia Opositas
    Participante

    Ante esta pregunta en concreto, tal y como está formulada yo pondría como respuesta correcta la d).
    En la ley dice que normalmente se tramitarán por los cauces del juicio verbal, pero el Secretario…

    Habría que tener en cuenta como está redactada la pregunta.

    #317164
    poppins
    Participante

    Hola
    Yo pienso igual que croatoan, para mí la respuesta correcta sería la d) ya que según dice la ley se sustanciarán por los trámites del juicio verbal , pero el SJ da traslado a las demás partes, MF….. para que contesten en el plazo de veinte días, plazo que nos recuerda al Juicio Ordinario.

    #317165
    gabrie
    Participante

    Hola aliche, con respecto a tu duda, ¿te has fijado si esa otra pregunta de otro test es la misma? porque no estoy seguro, pero esta pregunta que tú expones se puede estar refiriendo a todo el libro IV, pero, donde únicamente se menciona esas especialidades a que nos estamos refiriendo, es en el capitulo I del título I de los procesos sobre capacidad, filiación, matrimonio y menores, en el resto del libro no se menciona que la tramitación sea la misma que la del artículo 753.
    Pero ya te digo que no estoy seguro, esto es solo una observación por si te puede ayudar en algo, de todas formas a ver que dicen los profesores. Un saludo

    #317166
    aliche74
    Participante

    Hola croaton, poppins y gabriel muchas gracias por ayudarme. La pregunta está redactada tal como la he expuesto. Por eso me ha venido la duda. Yo lo que si tengo claro es que los procesos regulados en el Titulo I, del Libro IV, es decir procesos de capacidad, filiación, matrimonio y menores, que son procesos especiales, se tramitan por el juicio verbal, tal como determina el articulo 753 LEC, sin especificar dicho articulo “juicio verbal con especialidades”. Aunque si es cierto que estos procesos que he mencionado tienen especialidades. Y ya me hago un lio porque tanto si se contesta juicio verbal, como juicio verbal con especialidades serian válidas ambas respuestas, bajo mi punto de vista. A ver lo que dicen los profesores.

    #317167
    J2C2
    Participante

    Buenas tardes.

    Tened en cuenta que las respuestas que se nos dan no ayudan al opositor a responder. Lo que tratamos con ello es que asumamos la manera en que se tramitan estos procesos especiales. La ley dice que se tramitarán como verbal, pero hay una contestación a la demanda, como en el juicio ordinario.
    De este modo,hemos de saber que siempre son verbales, pero con una especialidad y es que hay una contestación a la demanda. De cualquier manera en el examen no van a poner estas dos opciones de las que hablamos, sino que van a recoger la literalidad de la ley.

    En resumen, lo importante es que nos quedemos con que se tramitan como verbal, y que, además, hay ciertos matices.

    Saludos.

    #317168
    aliche74
    Participante

    Muchas Gracias J2C2. Ya me dejas más tranquila. Es muy convincente lo que expones. Saludos

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