La duda que tengo es la siguiente:
Si por ejemplo el alcalde de un ayuntamiento, dicta una resoluciòn y ésta es recurrida por un particular, y según el articulo 47 LRJCA, el particular o recurrente solicita al Secretario judicial que se publique el anuncio de interposición del recurso; el secretario judicial remitirá oficio para su publicación al periódico oficial correspondiente. Ese periódico oficial,¿ se refiere al Boletin Oficial?, en este caso ¿sería el boletin oficial de la provincia?. Pero si el acto lo dicta un consejero de gobierno de la CCAA, ¿se pulicaria el anuncio de interposición del recurso en el Boletin oficial de la CCAA?. Gracias