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duda en el test de anoche

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  • #320220
    gabrie
    Participante

    Buenos dias a todos.
    En la pregunta 49 de test de ayer, que preguntaba donde serán fijado el dia y hora del lanzamiento da como buena la “c en la resolución de admisión de la demanda”

    En le artículo 440.4 dice: igualmente en la resolución que se dicte TENIENDO POR OPUESTO AL DEMANDADO SE FIJARA DIA Y HORA PARA QUE TENGA LUGAR, EN SU CASO, EL LANZAMIENTO…
    No se si algo se me escapa, o la respuesta está equivocada. un saludo

    #320221
    acarovi
    Participante

    Hola gabrie,
    gracias por exponer esta duda porque así me he dado cuenta de que mi LEC impresa desde hace algunos años no está acorde con la LEC que tenemos colgada. En mi caso el art 440 consta sólo de 3 apdos. y es en el párrafo segundo de este último donde se dice “Igualmente, en la resolución de admisión se fijará día y hora para que tenga lugar, en su caso, el lanzamiento…”. Sin embargo, en la LEC que tenemos en el campus se dice , efectivamente, lo que tú comentas.
    A ver si alguien nos puede decir cuál sería la respuesta correcta porque el resto de las que se ofrecen tampoco me convencen (aunque yo ayer contesté la D ).
    Creo que el día y hora del lanzamiento se expresa tanto en el requerimiento que hace el Secretario al demandado después de admitida la demanda ( igual a esto se refiere con “resolución de admisión”) como en la sentencia que se dicte si ha habido vista (si el demandado se ha opuesto). En fin, espero no haberte liado más 😕

    #320222
    LN30
    Participante

    Hola, compañeros, yo creo que la respuesta correcta no es la c, porque como dice acarovi, en todo caso se fijaría en el requerimiento SI NO HAY OPOSICIÓN o en la sentencia que se dicte si HA HABIDO VISTA Y POR TANTO OPOSICIÓN. A ver qué opinan los demás compañeros. Saludos.

    #320223
    david73
    Participante

    Hola compis, en esta pregunta mi opinión es que la respuesta correcta es la c.
    Ahora bien, para poder comprobarla pondría como referencia el párrafo tercero del artículo 440.3, en lugar del 440.4.
    De todos modos, esperemos más opiniones no vaya a ser que esté equivocado.
    Saludos.

    #320224
    david73
    Participante

    Hola de nuevo, olvidé poner el texto del párrafo 3:
    [b]Además, el requerimiento expresará el día y la hora [/b]que se hubieran señalado para que tengan lugar la eventual vista en caso de oposición del demandando, para la que servirá de citación, y la [b]práctica del lanzamiento[/b] en caso de que no hubiera oposición. Asimismo se expresará que en caso de solicitar asistencia jurídica gratuita el demandado, deberá hacerlo en los tres días siguientes a la práctica del requerimiento, así como que la falta de oposición al requerimiento supondrá la prestación de su consentimiento a la resolución del contrato de arrendamiento que le vincula con el arrendador.

    #320225
    LN30
    Participante

    Entonces David segun lo que planteas el dia y hora del lanzamiento se fija en el requerimiento que a su vez se realiza en la resolución de admision de la demanda no? Esta pregunta no la veo clara. Saludos

    #320226
    LN30
    Participante

    A ver compañeros creo que me estoy liando, lo que pasa es que en la anterior redaccion de la LEC se fijaba en la resolución de admisión de la demanda y ahora nos debemos de atener a la literalidad de la ley en su nueva redacción, en ésta la fijacion de dia y hora tiene lugar en el requerimiento al demandado o en la sentencia si hay oposición y por lo tanto vista. Si alguien no esta de acuerdo que haga el favor de aclararnoslo. Gracias. Saludos,

    #320227
    acarovi
    Participante

    Sí, estoy de acuerdo contigo, y algo así era lo que pretendía decir en mi post.
    Resolución de admisión viene a ser requerimiento ahora, y por eso entiendo que debe ser la correcta de entre todas las que se ofrecen.

    #320228
    Anónimo
    Invitado

    <jóvenes en la actual redacción de la LEC el día de lanzamiento, así como el de la vista (para caso de oposición) se fija en el decreto de admisión a trámite de la demanda, que es en la resolución donde se acuerda la práctica del requerimiento

    Por tanto mantenemos la opción ofrecida en el test

    Saludos y sigamos

    #320229
    LN30
    Participante

    Gracias Baldo por la aclaración. Saludos

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