Hola Maria José
Verás, la reconvención, como bien sabes es la petición del demandado que aprovechando la contestación a la demanda, formula pretensiones frente al demandante
En la contestación a la demanda principal, si solo solicita que se desestime la demanda, absolviéndole de las pretensiones… no está formulando reconvención.
En consecuencia es posible que solicite su absolución sin reconoce los hechos de la demanda (lo más normal) y además realice una petición de condena frente al demandante, en cuyo caso nos encontraremos en RECONVENCIÓN
Espero haber resuelto tu duda
saludos