Buenas tardes, Obturada.
La pregunta que lanzas es muy buena. Verás… No debes confundir el desahucio, que se tramita por juicio verbal, con la ejecución de la entrega un inmueble. Has de tener muy claros los conceptos de cada uno y sus respectivos plazos. El verbal de desahucio bien sabes que se debe a la falta de pago de rentas, etc. La ejecución no dineraria de entrega de un inmueble parte de un título ejecutivo.
Es una cuestión que se suele confundir mucho entre los opositores.
Espero haber resuelto tu duda.
Un saludo.