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Duda ejecución

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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
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  • #332056
    evamontes92
    Participante

    Buenos días. Tengo una duda respecto a dos artículos de la LEC en relación con la ejecución.
    Por un lado, el artículo 621.1 (Garantías del embargo de dinero, cuentas corrientes y sueldos) dice “Si lo embargado fuera dinero o divisas convertibles, se ingresarán en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones” y por otro, el artículo 634.1 dice “El Letrado de la Administración de Justicia responsable de la ejecución entregará directamente al ejecutante, por su valor nominal, los bienes embargados que sean:
    1.º Dinero efectivo.”

    Primero habla de la garantía del embargo y luego del procedimiento de apremio pero no acabo de entender la diferencia. ¿Primero se ingresa el dinero en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones y luego se entrega al ejecutante? Lo que me hace dudar es lo de “directamente” porque, si primero se ha ingresado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones, no sería directamente, ¿no?

    Gracias.

    #332057
    Anónimo
    Invitado

    Hola Eva:

    Vamos con esa duda que intentaremos aclarar y tú nos dirás si se queda clara

    La primera cuestión es que en ambos casos nos encontramos en situaciones diferentes, a saber

    a.- El artículo 621 lo tenemos en las garantías del embargo y en el desarrollo temporal de una ejecución aún podrá formular oposición el deudor y por eso que el dinero consignado o embargado se ingresan en la cuenta del Juzgado; no se puede entregar al ejecutante porque, como digo, puede haber oposición

    b.- El artículo 634 ya está dentro del apremio y en consecuencia iniciamos la actividad para que el ejecutante obtenga el cobro de aquello que se le adeuda. En base a los bienes que se hayan embargado la ejecución será de diferentes formas y en el caso del dinero el trámite es sencillo en cuanto que “directamente” se entrega al ejecutante sin necesidad de trámites específicos como si ocurre con los muebles, inmuebles…

    Espero haberte ayudado

    Saludos

    #332058
    evamontes92
    Participante

    Entendido. ¡Muchas gracias!

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