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Duda del tema 21 (Auxilio Judicial)

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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #330351
    coriana
    Participante

    Buenas tardes,

    Repasando el [b]tema 21 sobre los actos procesales[/b], ¿estaría correcto decir que tanto los Tribunales, Secretarios judiciales (cuando tuviera por objeto la realización de actuaciones procesales en materia de su exclusiva competencia) y el CGPJ podrán habilitar días y horas inhábiles?

    Gracias

    #330352
    Anónimo
    Invitado

    Hola Coriana:

    Efectivamente Jueces y Tribunales así como L.A.J,s habilitan días y horas para aquellas cuestiones que les son encomendadas

    El CGPJ, a través de sus correspondientes Reglamentos establece o puede establecer cuestiones al respecto

    Al hilo de ello me agrada compartir con vosotr@s los artículos 8 y 9 del Reglamento de ASpectos Accesorios.. que transcribo

    Artículo 8.

    1. Los días y horas hábiles para las actuaciones judiciales son los establecidos en los artículos 182 y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

    2. Los sábados se considerarán días hábiles para atender los siguientes servicios:

    a) Guardia de los Juzgados de Instrucción.

    b) Oficinas de los órganos jurisdiccionales del orden penal, a los efectos de información y traslado documental al Juzgado de Guardia de los particulares necesarios, en lo relativo a la presentación de sujetos sometidos a requisitoria o busca y captura.

    [b]3. En las oficinas de los órganos judiciales podrán llevarse a cabo en sábado actividades no procesales inherentes a la información y atención al público y a funciones gubernativas cuando así lo acuerden el CGPJ, el Ministerio de Justicia o las Comunidades Autónomas con competencias en materia de personal y medios materiales al servicio de la Administración de Justicia.[/b]

    [Bloque 15: #a9]

    Artículo 9.

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 184.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los Jueces y Tribunales habilitarán aquellos días y horas inhábiles que sean necesarios para la adecuada y puntual tramitación de los diferentes procesos sin dilaciones indebidas.

    Saludos

    #330353
    coriana
    Participante

    Entendido! ¡¡muchas gracias!

    Saludos
    Corina

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