Una vez practicada la prueba-en el acto del juicio oral y en en atención al resultado de la misma (hechos probados), las partes formularán sus conclusiones definitivas, las cuales determinarán la pretensión a efectos de la congruencia (732-788.3 LECrim-48.1 LOTJ).
CONTENIDO
• Retirar la acusación (sentencia absolutoria si no hay otros acusadores).
• Confirmar las provisionales (elevar a definitivas).
• Introducir modificaciones no sustanciales:
ü No hechos nuevos (precisan sumaria instrucción-acusación-prueba).
ü No alterar competencia objetiva-procedimiento (en su caso, remitir autos órgano competente).
ü Posibilidad solicitar nueva pena en atención hechos probados.
ü Posibilidad nueva calificación si homogeneidad bien jurídico protegido (homicidio-asesinato).
ü Si cambio calificación-grado participación-introducción agravantes, en abreviado defensa puede pedir hasta 10 días para preparar.
FORMA
ORDINARIO
Se formularán por escrito si existen cambios importantes, para lo cual se podrá suspender el proceso.
ABREVIADO
Se formularán de forma oral y se dejará constancia de las mismas en el acta.